Orden FOM/2861/2012
Establece el documento de control y, en su artículo 6, los datos que debe contener obligatoriamente.
Emite un DeCA único que cubre todas las paradas del reparto y verifícalo al instante con un código QR. Todo desde un único panel corporativo, conforme punto por punto con la normativa vigente.
El papel deja de ser válido el 5 de octubre de 2026 · por qué
Desde la ruta de reparto hasta el documento firmado y verificable, sin salir de la aplicación.
Un solo DeCA ampara todas las paradas del reparto, con su mercancía y sus recogidas identificadas envío por envío. No hace falta un documento por tienda.
Genera el documento en PDF con todos los datos que exige la norma, sin superar el tamaño máximo permitido.
Descarga una plantilla, rellena las paradas, las entregas y las recogidas, y adjúntala: el reparto entero se carga en el formulario para revisarlo antes de emitir.
Cada documento tiene su propia dirección segura: escanear el código lo descarga al instante, sin usuario ni contraseña.
Firma electrónica avanzada con sello de tiempo y un panel de auditoría que registra cada cambio y cada acceso, con el detalle de cada llamada para depurar integraciones sin pedir registros a nadie.
Entrada con el SSO de la organización por SAML 2.0, con la misma identidad y el mismo doble factor que el resto de aplicaciones internas. Estar dado de alta sigue siendo requisito.
Todo transporte público de mercancías por carretera debe llevar un documento de control administrativo que acredite qué se transporta, para quién y en qué vehículo. Hasta ahora viajaba en papel. El DeCA es ese mismo documento en formato electrónico, que se consulta escaneando un código QR. A partir del 5 de octubre de 2026 es la única forma válida.
Establece el documento de control y, en su artículo 6, los datos que debe contener obligatoriamente.
De Movilidad Sostenible. Permite que ese documento sea electrónico en lugar de ir en papel.
Fija el calendario y reparte las responsabilidades entre cargador y transportista.
Detalla las características técnicas que debe cumplir el documento electrónico. Es la que se desarrolla en el apartado siguiente.
Despliega cada punto para ver la exigencia y su cobertura.
Identidad del cargador, del destinatario y del transportista que realiza el servicio; origen y destino; naturaleza y peso de la mercancía; matrícula del vehículo; y fecha del transporte.
Exige todos esos datos y no permite emitir el documento si falta alguno. La mercancía se detalla por líneas, con su peso total.
El documento debe estar en formato PDF y no superar los 5 MB.
Genera el documento en PDF y comprueba su tamaño una vez terminado, rechazándolo si superase el límite.
El fichero debe incorporar la fecha y la hora en que se creó y en que se modificó.
Cada documento incorpora ambas fechas en el momento de emitirse.
El documento debe crearse directamente en formato electrónico. No sirve escanear ni fotografiar un papel.
El documento se compone a partir de los datos introducidos, nunca desde una imagen.
El documento debe llevar un código QR que apunte a la dirección web única y específica de ese documento.
Cada documento lleva su código QR, con una dirección propia e irrepetible. El código también puede obtenerse como imagen independiente.
La dirección debe empezar por https y usar cifrado TLS 1.2 o superior.
Todo el acceso viaja cifrado con TLS 1.2 o superior, y el sistema avisa al arrancar si la dirección configurada no fuese segura.
Al abrir la dirección, el documento debe descargarse directamente. No vale que lleve a una web que pida registrarse o identificarse.
Escanear el código QR abre el documento al instante, sin usuario, sin contraseña y sin pasos intermedios, desde cualquier dispositivo.
La descarga debe estar disponible durante todo el servicio. Los 7 días naturales tras los que puede desactivarse se cuentan desde que el servicio termina, que no siempre es la fecha del transporte.
Cuando se informa la fecha de fin del servicio, el plazo se cuenta desde ella. En un reparto que se prolonga varios días, tomar la fecha del transporte desactivaría la descarga antes de tiempo.
Los documentos deben conservarse al menos un año, a disposición de la Administración.
Cada documento se conserva un año como mínimo y sigue localizable durante todo ese periodo.
Si durante el servicio hay que cambiar datos, se puede actualizar el documento existente: añadiendo los nuevos, haciendo constar el motivo del cambio y conservando los antiguos, señalados como ya no válidos. Al mantenerse el mismo fichero, el QR que ya circula sigue siendo válido.
El documento se actualiza conservando su dirección, de modo que la copia que el conductor lleva impresa no queda obsoleta. Los datos sustituidos siguen visibles y tachados, junto al motivo, y cada revisión anterior se archiva íntegra para acreditar la trazabilidad.
Se pueden reunir varios envíos en un mismo documento, pero solo si el cargador y el transportista son los mismos en todos. Cada envío debe mostrar claramente su origen, su destino y la naturaleza y el peso de su mercancía, y el orden en que aparecen no supone el orden de ejecución.
Comprueba esas condiciones antes de emitir y rechaza el documento si no se cumplen. Cada envío conserva sus datos individualizados, y el propio documento advierte de que la secuencia no marca el orden del reparto.
La firma no es obligatoria. Si se incluye, debe ser como mínimo una firma electrónica avanzada.
Firma cada documento con firma avanzada y sello de tiempo, que le da fecha cierta. Cualquiera puede comprobar después que no ha sido alterado.